1. Toda persona natural o jurídica que requiera trasladar cueros de origen animal de undepartamento a otro, deberán solicitar a la Jefatura Distrital del SENASAG, el Certificado Sanitario correspondiente.
2. El Responsable de Registro y Certificación del Área respectiva de la Jefatura Distrital luego de presentar los requisitos, coordinara con el interesado lugar y fecha para la inspección de los productos y asigna un inspector para realizar la misma.
3. El Inspector del SENASAG realiza la inspección visual de los productos y verificalas condiciones de transporte y conservación del producto, levantando un Actade Inspección en constancia de la actividad realizada y enviara al Responsablede Registro.
4. Luego de revisar el informe del inspector el Responsable de Registro y Certificación de la Jefatura Distrital emitira el respectivo “Certificado Zoosanitario para el Traslado Interdepartamental”.