La persona natural o jurídica que deseen obtener la guía de traslado interdepartamental de carne de aves y sus derivados, deberá aproximarse a la oficina respectiva de la Jefatura Distrital del SENASAG presentando un expediente que contenga los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud que declare.
– Matadero y/o Empresa del rubro alimenticio.
– Numero de Registro del Vehículo.
– Nombre del producto.
– Peso Neto de cada Producto.
– Lugar de origen y Lugar de Destino.
– Fecha y hora de despacho del o los productos.
2. Para el caso de carnes y/o productos a Granel: Debe declarar el lote y fecha de vencimiento mínimamente.
3. Para el caso de Productos Pre envasados: Deberán estar debidamente etiquetados de acuerdo a la aprobación realizada por el SENASAG por ende debe declarar el lote y fecha de vencimiento.
Tasas Aplicables R.S.Área de Inocuidad Alimentaria
TASA DE REGISTRO DE MATADERO.-Según el anexo de la Ley 830, en el punto 1.2. Inocuidad Alimentaria, N° de servicio 26 se detalla:
26.c Para emisión de Guía de Traslado interdepartamental de productos y subproductos de carne de aves y sus derivadospor unidad de transporte.