GADC – LICENCIA PARA ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS PELIGROSAS – LASP

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Tramitar la Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas (LASP), mediante el Instrumento de Regulación de Alcance Particular (IRAP’s), correspondiente, la misma es otorgada por la Autoridad Ambiental Competente (AACD) a personas naturales o colectivas, públicas o privadas que realicen actividades con este tipo de sustancias.

Requisitos del Trámite

Memorial solicitando el certificado de Registro para Actividades con SustanciasPeligrosas, dirigido a la AACD.
Fotocopia de la LA de la AOP otorgada por la AACD.
Fotocopia de la Escritura de Constitución de la empresa.
Fotocopia de inscripción y registro en la Dirección General de Sustancias Controladas, encaso de que las sustancias peligrosas se encuentren en el listado de sustancias controladas.
Fotocopia del permiso del IBTEN en caso de la utilización de sustancias radioactivas.
Listado de sustancias peligrosas especificando: cantidad (peso o volumen), características CRETIB y detallando los usos específicos en las actividades de la AOP.
Ficha Técnica/Hoja de Datos de Seguridad para cada una de las sustancias.
Análisis de riesgos y Plan de Contingencias específico para el manejo desustancias peligrosas.
Cédula de Identidad de RL y Consultor Ambiental.
Certificado RENCA actualizado del Consultor Ambiental.
Fotografias.
Croquis de ubicacion con coordenadas en UTM.
Planos de la AOP.
Contrato de póliza del seguro en el marco del Art. 31 del RASP.

Costo del Trámite

Trámite Gratuito

Pasos para realizar el trámite

Presentar mediante memorial dirigido a la AACD, como complementación a lo requerido en el Reglamentode Prevención y Control Ambiental a efectos de la obtención del registro y licencia de actividades con sustancias peligrosas, toda la documentacion segun, requerimiento del Art. 15 del RASP.
La AACD evaluará la documentación referida y emitirá el criterio que corresponda, en un plazo máximode 10 días hábiles a partir de su recepción.
De no encontrar deficiencias, se comunica al RL sobre la conclusión del Proceso y se acredita que de la AOP esta habilitada y registrada para el manejo y desarrollo de actividades con las sustancias peligrosas.
Direcciones donde se realiza este trámite

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Sin direcciones registradas.
Más información

Duración: 10 dias
Marco Legal:
La tramitacion de la LASP, ser rige de acuerdo con los niveles señalados en el Artículo 25 de la Ley N° 1333 de Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992 y Reglamentos Conexos.
– Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas – RASP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 24176 de 8 de diciembre de 1995.
– RESOLUCION ADMINISTRATIVA VMABCCGDF N° 007/13, de 08 de marzo de 2013

Observaciones: Los procedimientos establecidos son de cumplimiento obligatorio para toda persona natural o jurídica, pública o privado, que realice el manejo de sustancias peligrosas en cualquiera de las etapas de una Actividad, Obra o Proyecto (AOP).
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19

Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba – GADC

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: GADC

Contacto: [email protected]

Web: www.gobernaciondecochabamba.bo

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