Requisitos del Trámite
1. Caratula
2. Carta dirigida a la Secretaria Municipal de Ordenamiento Territorial (con una copia).
3. Formulario del Registro Ambiental Industrial (RAI), debidamente llenado en tres ejemplares (solo sección A)
4. Fotocopia del NIT.
5. Fotocopia del C.I: del representante legal.
6. Fotocopia de Factura de agua y luz
7. Fotocopia de la TRANSFERENCIA Y USO DE SUELO aprobado por la Dirección de Planificación Urbana del GAMT.
8. Licencia de uso, visada por el departamento de aprobación de proyectos, dependiente de la Dirección de Planificación Urbana (caso que corresponda, cuando la infraestructura está construida)
9. Planos del proyecto aprobados por la Dirección de Planificación Urbana (cuando la infraestructura va a construirse).
10. Títulos de propiedad y/o derecho propietario del terreno. Contrato de alquiler y/o recibo de alquiler
11. Registro nacional de consultoría ambiental (RENCA) vigente, (del consultor ambiental que elabora el documento en caso de ser categoría 3).
12. Fotografías panorámicas de la actividad (interior y exterior).
13. Flujograma de las actividades y/o procesos desarrollados.
14. La declaración jurada firmada en original en cada ejemplar del formulario R.A.I.
15. Plan de Manejo Ambiental (PMA) para funcionar (en caso de ser categoría 3)
16. Fotocopia de Licencia de Funcionamiento.
17. Regularización efectuada por la APPS (COATRI) en cumplimiento a resolución administrativa regulatoria de la APPS No 01/2014 (en caso que corresponda).
18. Presentar en 3 anillados y/o folder amarillo.
Costo del Trámite
Trámite Gratuito
Pasos para realizar el trámite
Iniciar el trámite de presentación del Registro Ambiental Industrial (RAI) ante la Secretaria Municipal de Ordenamiento Territorial del GAMT.
El Registro Ambiental Industrial es derivado a la Dirección de Medio Ambiente para posteriormente ser derivado a la Jefatura de Regulación Ambiental para su revisión técnica y emisión de informe.
Revisada la documentación presentada de la Actividad, Obra o Proyecto (AOP), si cumple con todos los requisitos exigidos la Jefatura de Regulación Ambiental emite un informe de conformidad y procede a extender la respectiva Licencia Ambiental (LA).
Revisada la documentación presentada de la Actividad, Obra o Proyecto (AOP), si no cumple con todos los requisitos exigidos la Jefatura de Regulación Ambiental emite un informe y este es derivado al Representante Legal (RL), mediante nota de la Secretaria Municipal de Ordenamiento Territorial del GAMT, para que subsane las observaciones, aclare y/o enmiende las mismas.
Iniciar nuevamente el trámite de presentación del Registro ambiental Industrial (RAI) ante la Secretaria Municipal de Ordenamiento Territorial del GAMT, con las observaciones subsanadas.
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Duración: 10 dias
Marco Legal:
REGLAMENTO AMBIENTAL PARA EL SECTOR INDUSTRIAL MANUFACTURERO (DECRETO SUPREMO Nº 26736).
Observaciones: ¿DÓNDE PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE? Av. Bolívar ex Edificio de Agua Linda, Oficinas de la Secretaria Municipal de Ordenamiento Territorial, Oficinas de la Dirección de Medio Ambiente. TIEMPO PROMEDIO PARA REALIZAR EL TRÁMITE: 10 días hábiles para revisión a partir de la fecha de recepción, solicitar aclaración al Representante Legal o remisión del informe de conformidad y la emisión de la Licencia Ambiental correspondiente.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19
Gobierno Autonomo Municipal de Trinidad – GAMT
ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL
Sigla Entidad: GAMT
Contacto: [email protected]
Web: www.trinidad.gob.bo