Ministerio de Educación – Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas

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Procesar la Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas

Requisitos del Trámite

a) Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas y otros documentos emitidos por el Ministerio de Educación

1. Fotocopia de cédula de identidad.

2. Presentar en sobre manila el Certificado de Equivalencia de Notas original y la Resolución Ministerial Certificado de Equivalencia de Notas original debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia).

3. Fotocopia del Certificado de Equivalencia de Notas a certificar en blanco y negro.

4. Boleta de pago por concepto de legalización.

b) Documentos académicos emitidos por instituciones externas al Ministerio de Educación (universidades privadas)

1. Los documentos académicos originales a certificar deben llevar la firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales.

2. Los documentos académicos en fotocopias certificadas, deben llevar firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales.

NOTA. No se certifican documentos que sean fotocopias simples, escaneados, a colores y/o reducciones.

3. Boleta de pago por concepto de certificación.

4. Presentar en un sobre manila los documentos académicos debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia).

Costo del Trámite

N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto: 100 BS
Por concepto de: Certificación

Pasos para realizar el trámite

1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).

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2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y según la numeración correlativa; dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisado los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite, y deberá volver dentro de 24 horas para recoger el documento legalizado o certificado (según corresponda). (Si el trámite fuera en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación (DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la cédula de identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio.

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de cédula de identidad del interesado.

2. Fotocopia de cédula de identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de cédula de identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

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2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de cédula de identidad.
Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.
Más información

Duración: 24 horas
Marco Legal:
Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa NB/SOA
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002

Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18

Ministerio de Educación de Bolivia – MINEDU

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: MINEDU

Contacto: informacion@minedu.gob.bo

Web: www.minedu.gob.bo

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