Empleadores

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Se considera a empleadores cualquier persona individual o jurídica que tenga un trabajador
dependiente o más
, es decir que tenga una persona o varias que desempeñen
funciones bajo condiciones de SUBORDINACIÓN: en relación a un superior
jerárquico (jefe), DEPENDENCIA: que depende económicamente de alguien que
cancele sus sueldos o salarios y que trabaje por CUENTA AJENA: prestando
servicios para alguien distinto a su persona.

El Decreto Supremo Nº 288, establece la obligatoriedad que
tienen TODOS LOS EMPLEADORES de REGISTRARSE en el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Previsión Social.

Anexo:
Decreto Supremo No. 288 – Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

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